BASES DEL CERTAMEN DE ELECCIÓN DE SEÑORITA COBAN 2013

BASES DEL CERTAMEN MUNICIPAL SEÑORITA COBAN 2013

CONVOCADO Y ORGANIZADO POR LA MUNICIPALIDAD DE COBAN

 

PRIMERA: El citado certamen y/o concurso de SEÑORITA COBAN está organizado por la Municipalidad de Cobán, del Departamento de Alta Verapaz.

SEGUNDA: La participación en el concurso SEÑORITA COBAN implica el conocimiento y aceptación de las condiciones del certamen que se desarrolla y describe en el presente documento. Un ejemplar de estas bases será entregado a todas las participantes.

TERCERA: Las participantes, por el simple hecho de concurrir al certamen, afirman y garantizan que reúnen las circunstancias y requisitos personales exigidos en las bases para participar en el mismo, así como que se hallan en condiciones de cumplir con las obligaciones derivadas de su participación, también descritas en este documento.

CUARTA: CONVOCATORIA,  El certamen y/o concurso SEÑORITA COBAN se desarrolla en el ámbito del territorio del municipio de Cobán. Se convoca para que participen en el evento de belleza 2,013-2014 "Señorita Cobán" todas las instituciones de turismo, de servicio, de comercio, de industria, de banca, de educación, deportivas, autónomas, estatales, semi-autónomas, comités de barrios, socio-culturales,  así como las reinas de organizaciones socio-culturales que nos representan fuera del departamento para que postulen a sus candidatas.

QUINTA: DE LA INSCRIPCION. Se abre la inscripción a partir de la presente publicación y se cierra el día lunes 20 de mayo (dos semanas antes del evento) de la fecha de inicio de la convivencia de las candidatas. Las instituciones podrán inscribir a su candidata  en las oficinas de la SECRETARIA DE COMUNICACIÓN SOCIAL de la MUNICIPALIDAD DE COBAN, a través del formulario que se proporcionará.  Debiendo  las candidatas presentarse el día viernes 31 de mayo de 2013, un día antes del evento, a partir de las 9:00 Horas en el Hotel Alcázar de Doña Victoria, adjuntando los documentos siguientes:

•1.     Certificación de la partida de nacimiento original y reciente (menor de edad)

.2.     Fotocopia DPI  de la participante (mayor de edad)

.3.     Fotocopia  DPI del responsable (indispensable sin importar si la participante es mayor o menor  de edad).

.4.     Formulario de inscripción

•5.     Fotografía tamaño postal de cuerpo entero. (Tomarla con Juan Carlos Lemus), para archivo y promoción del evento.

SEXTA: REQUISITOS. Se establecen los siguientes requisitos de admisión de las candidatas al certamen, cuya concurrencia afirma y garantiza a toda participante por el mero hecho de solicitar su admisión en el concurso y sin perjuicio de que, en casos particulares LA COMISION pueda exigir a la concursante la acreditación documental o por cualquier otro medio de la concurrencia de tales requisitos:

•1.     Ser soltera

•2.     Nacida en el Municipio de  Cobán, o hija de padre o madre cobanero.

•3.     Estar comprendida entre los 17 y  23 años

•4.     Estatura mínima un metro sesenta centímetros (1.60)

•5.     No estar ligada por vínculo matrimonial alguno en el momento de su elección, y durante el año en el que ostentará el título.

•6.     No haber procreado hijos.

•7.     Poseer Titulo de Educación Media o estar cursando el último año.

•8.     No haber participado en elecciones de representativas de otro municipio o departamento así como señorita Cobán o Monja Blanca en años anteriores.

No tener parentesco hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad con los organizadores, LA COMISION y el Jurado Calificador.

•10.  Para el caso de que una candidata en el certamen o concurso resultase elegida Finalista, y posteriormente renunciare, ello dará lugar a que no pueda ser admitida como candidata en ningún otro evento.

SEPTIMA: Las participantes se obligan a:

  1. Acatar y cumplir las normas consignadas en el presente reglamento, así como a participar en todas las actividades programadas por LA COMISION, identificación que será tomada en cuenta por el Jurado Calificador.
  2. No abandonar, mientras duren los actos en que consista la celebración del concurso, el lugar de celebración, ni aceptar, sin conocimiento y expresa autorización de los mismos, ninguna clase de invitaciones (paseos, bailes, espectáculos, etc...) por razones de seguridad y organizativas; así como a no realizar manifestaciones públicas que puedan perjudicar directamente y supongan un descrédito o menosprecio a los certámenes de belleza en general y a los certámenes organizados por la Municipalidad o en los que esta participe. En caso de contravención será responsable de los daños y perjuicios causados.
  3. Permitir, mientras dure la participación en el concurso, que sea filmada y que se le tomen cuantas imágenes, ajustadas a las normas de la moralidad que rigen la celebración del mismo, acuerde LA COMISION con fines de información y publicidad del concurso o de promoción del certamen, así como que se difundan tales imágenes sin límite en el tiempo o en el espacio por cualquier medio de comunicación, sin remuneración adicional alguna. En este sentido la solicitante manifiesta que posee todos los derechos, incluido en su caso de propiedad industrial e intelectual relativos a su imagen, voz y nombre y garantiza a LA COMISION el uso pacífico de las mismas.
  4. Comparecer, de forma gratuita, en los programas de televisión o eventos que LA COMISION convenga con las diferentes cadenas de televisión o aquellos otros compromisos promociónales que la Municipalidad determine.
  5. No permitir, durante el tiempo que medie entre la etapa de convivencia y la elección, que le sean tomadas imágenes con finalidad comercial o publicitaria, ni que, sin consentimiento y

 

Autorización de la organización del concurso, sean publicadas imágenes de la participante con finalidad comercial o publicitaria, aunque hubiesen sido tomadas anteriormente.

  1. No realizar, directa o indirectamente, como persona privada o como ganador del título que se trate, manifestaciones declaraciones denigratorias sobre su participación o la del resto de participantes o sobre LA COMISION.
  2. Evitar toda conducta negativa o contraria al espíritu de competición, así como palabras o expresiones agresivas con el resto de participantes y miembros de la organización, respetando las reglas básicas de cortesía, compañerismo, honradez y honestidad necesarias para la vida en común.
  3. No utilizar teléfono CELULAR durante las actividades de concentración del EVENTO ni durante la realización de la Gala de Investidura, quedando limitado el uso de los mismos, mientras dure el proceso de elección.
  4. Aceptar que si, por razón de descalificación, enfermedad, abandono o cualquiera otra causa, por parte de la Electa no pudiera acudir a concursos posteriores o eventos a los cuales ha sido convocada por su título, le sustituya quien le siga en orden de elección, este por el siguiente y así sucesivamente.
  5. Comportarse con absoluta corrección y entera responsabilidad durante el tiempo que dure el concurso y la concentración, evitando realizar en público aquellos actos o comportamientos que por su falta de decoro o elegancia puedan trasladar una imagen negativa del certamen o significar un mal ejemplo para jóvenes o adolescentes.
  6. Ostentar y llevar con dignidad, hasta la fecha del siguiente concurso, en los casos que así corresponde, el título que hubiera obtenido en el concurso y a renunciar automáticamente al mismo, o subsidiariamente aceptar su descalificación, en el supuesto de que incumpliese cualquiera de sus obligaciones contraídas.
  7. Autorizar el uso de forma gratuita, de su imagen con la extensión necesaria para que La Municipalidad por sí o por medio del tercero que designe o utilice comercialmente las páginas Web oficiales de los Certámenes o Concursos, así como a realizar una fotografía oficial con todas las candidatas de los distintos eventos para las referidas páginas Web, así como a permitir que en dichas páginas aparezca toda la información y material gráfico que sobre su persona posea o le facilite a LA COMISION, siempre que la misma no sea contraria a la ética, moral y las buenas costumbres que rige los concursos.

OCTAVA: FINANCIAMIENTO. Las entidades postulantes velarán por el financiamiento de sus candidatas. La organización del evento procurará que las prendas a utilizar en el Show final de elección sean únicamente modeladas o patrocinadas. Los gastos de hospedaje y alimentación de cada una de las candidatas serán cubiertos por la Municipalidad de Cobán y los patrocinadores del evento, los días programados para la actividad.

 

 

 

NOVENA: PRESENTACIÓN, ELECCIÓN E INVESTIDURA

Se realizará dentro de un show de elección de acuerdo al programa que el Comité Asesor y la Municipalidad de Cobán convengan; la elección se realizará el sábado 01 de junio del año 2,013 a partir de las 19:00 horas en el Gimnasio del Injud.

DECIMA: DEL CARGO. La candidata que resulte electa Señorita Cobán se le acreditará e investirá los siguientes cargos:

•1.   Será investida por su antecesora con la banda que le acredita como Señorita Cobán.

•2.   Poseerá por un año la Corona que le acredita como reina de la belleza cobanera.

•3.   Deberá representar al municipio en todos aquellos actos socio-culturales donde se requerirá su presencia, especialmente en las actividades de la Feria Departamental.

•4.   Deberá representar al municipio en la elección de Señorita Monja Blanca, máxima representante de la belleza del departamento de Alta Verapaz.

•5.   Si saliera electa Señorita Monja Blanca, en ningún momento dejará de ser Señorita Cobán.

DECIMO PRIMERA: DE LAS OBLIGACIONES.  La candidata que resulte ganadora se obliga:

1.         A ostentar y llevar con dignidad, hasta la fecha del siguiente concurso, el título correspondiente y a renunciar al mismo, en el supuesto caso que durante su reinado procreara hijos o cambiara su estado civil deberá informarlo inmediatamente a la Municipalidad de Cobán, dado que deberá entregar el cargo a la Primera Finalista.

2.         A viajar al lugar en que se celebre el siguiente concurso para coronar a su sucesora.

3.         A suscribir la solicitud de admisión para el concurso, regido por sus propias bases, así como un contrato de representación con La Municipalidad por el período de su reinado (12 meses).

4.         A suscribir todos aquellos contratos, compromisos y convenios que por razón del título obtenido, gestionase a su favor LA COMISION hasta el tiempo de la concentración para el siguiente concurso

DECIMO SEGUNDA: El incumplimiento de las obligaciones y demás normas que rigen la celebración del concurso determinadas en estas bases, implicará la descalificación de la concursante, desposeyéndola del título obtenido sin derecho a indemnización alguna. La comprobación por LA COMISION de la no concurrencia de alguno de los requisitos para participar o el incumplimiento de las obligaciones inherentes a la participación implicará, en consecuencia, como ya se dijo y con las excepciones señaladas en este documento, la pérdida del título obtenido sin derecho a indemnización alguna. No se aceptará reclamación alguna sobre la decisión de desposesión y/o descalificación y/o no admisión adoptada unilateral, discrecional y motivadamente por LA COMISION.

 

 

 

 

Así mismo la CONCURSANTE y/o ganadora de SEÑORITA COBAN, en caso de retirarse del evento o entregar el cargo, por cualquier razón, antes de la culminación de su reinado, se compromete a cancelar en EFECTVO los gastos incurridos por la COMISION ORGANIZADORA en su reinado y devolver en EFECTIVO

los premios recibidos en su coronación, considerando entre estos los estipulados por las bases, así como los entregados por los patrocinadores.

DECIMO TERCERA: DEL JURADO CALIFICADOR. En relación al Jurado Calificador considerar los aspectos siguientes:

•1.     Será nombrado  por LA COMISION (comité) organizadora.

•2.     Deberá asumir la mecánica del certamen, votando por las candidatas con criterio de imparcialidad, objetividad y plena igualdad de todos los derechos de las participantes.

•3.     Los aspectos que debe tomar en cuenta son los siguientes:

•a.     Belleza

•b.    Elegancia

•c.     Cultura

•d.    Conocimiento de nuestro municipio

•4.     El veredicto del Jurado Calificado será inapelable

DECIMO CUARTA: DISPOSICIONES ESPECÍFICAS.  Cuando la Municipalidad requiera la presencia de la Señorita "COBAN" en las actividades socioculturales, serán los mismos en cubrir los gastos.  Lo contrario, si alguna institución, Municipio o  iniciativa privada, solicite la presencia o participación de la señorita, serán ellos los que cubran los gastos en que incurra el traslado, alimentación y hospedaje de LA SEÑORITA  COBÁN y comitiva.

DECIMO QUINTA: IMPREVISTOS.  Los aspectos no previstos en las presentes bases, serán resueltos por LA COMISION organizadora.

 

DADO EN LA CIUDAD DE COBÁN.